Uaespm recuerda el comportamiento y las sanciones respecto al manejo de los residuos sólidos en la ciudad de Cali
Asimismo, recordó los pasos que se deben tener en cuenta para tal fin:
1. Realizar la separación adecuada de los residuos sólidos entre residuos aprovechables (cartón, papel, vidrio, metal) y residuos no aprovechables (restos de comida, servilletas, residuos higiénicos).
2. Identificar al reciclador de oficio de la zona y entregarle a él los residuos que son aprovechables.
3. Presentar los residuos no aprovechables al frente del domicilio tres horas antes del horario que tiene establecido la empresa prestadora del servicio público de aseo.
4. De poseer residuos especiales (colchones y muebles viejos) o residuos de construcción y demolición (escombros, yesos, madera) se debe llamar a la empresa prestadora del servicio público de aseo para que esta recoja los residuos sólidos y los disponga de manera adecuada.
La Uaespm informó los comportamientos que pueden ser causantes de sanciones por infringir el artículo 111 del Código de Policía:
Comportamientos causantes de sanción | |
Comportamiento |
Medida correctiva a aplicar |
Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio o en sitio diferente al lugar de residencia o domicilio |
Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia |
No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura |
Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia |
Arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público, no acordados ni autorizados por autoridad competente |
Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia |
Esparcir, parcial o totalmente, en el espacio público o zonas comunes el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección |
Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia |
Dejar las basuras esparcidas fuera de sus bolsas o contenedores una vez efectuado el reciclaje |
Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia |
Disponer inadecuadamente de animales muertos no comestibles o partes de estos dentro de los residuos domésticos |
Amonestación |
Dificultar de alguna manera, la actividad de barrido y recolección de la basura y escombro, sin perjuicio de la actividad que desarrollan las personas que se dedican al reciclaje |
Amonestación |
Arrojar basura, llantas, residuos o escombros en el espacio público o en bienes de carácter publico privado |
Multa general tipo 4. $786.880 |
Propiciar o contratar el transporte de escombros en medios no aptos ni adecuados |
Multa general tipo 3. $393.440 |
Improvisar e instalar, sin autorización legal, contenedores u otro tipo de recipientes, con destino a la disposición de basuras |
Multa general tipo 2. $ 196.720 |
Transporta escombros en medio no aptos ni adecuados |
Multa general tipo 2. $196.720 |
Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombro, lodos, combustibles y lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento |
Multa general tipo 4. $786.880 |