Empresas deberán presentar estudios sobre la caracterización de sus aguas residuales

• Los análisis se deben realizar antes del 31 de diciembre de 2016

• Los resultados deben presentarse en cumplimiento de las normas ambientales del país

Resultado de imagen para aguas residuales medellinQuienes realizan actividades comerciales, industriales, de servicios o especiales, y descarguen aguas residuales no domésticas (ARnD) a la red de pública de alcantarillado en el Valle de Aburrá, deben presentar a EPM la caracterización de sus vertimientos, en cumplimiento del Decreto 1076 de 2015, y las resoluciones 0631 de 2015 y 0075 de 2011.

De acuerdo con estas normas ambientales, que buscan disminuir la contaminación en el recurso hídrico mediante la regulación del permiso de vertimientos, EPM como prestador de los servicios públicos en el Área Metropolitana debe reportar cada año a la autoridad competente el estado de observancia de la  norma de vertimiento por parte de sus suscriptores y/o usuarios no residenciales. Para cumplir a tiempo con las exigencias de ley requeridas, EPM invita a sus clientes no residenciales con vertimiento de ARnD a entregar los resultados sobre la caracterización de sus vertimientos a más tardar el 15 de enero de 2017.

Según el artículo 2 de la resolución 0631 de 2015, las aguas residuales domésticas son aquellas que provienen de hogares e instalaciones donde se desarrollan actividades industriales, comerciales y de servicios, y que son generadas por descargas de  los retretes, servicios sanitarios, sistemas de aseo personal (duchas y lavamanos), áreas de cocinas y cocinetas, pocetas de lavado de elementos de aseo, limpieza de paredes y pisos y lavado de ropa (se excluye la lavandería industrial).  Todas las demás descargas se consideran aguas residuales no domésticas (ARnD).

Resultado de imagen para aguas residuales medellinLos análisis fisicoquímicos de las muestras de las aguas residuales no domesticas debe ser realizados antes del 31 de diciembre de este año, por un laboratorio acreditado por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales de Colombia (IDEAM) y entregados en el Edificio EPM, ubicado en la carrera 58 No. 42-125, Unidad de Operación y Mantenimiento Gestión Aguas Residuales o enviados al correo electrónico epm@epm.com.co.

El Informe deberá estar debidamente identificado con el nombre de la empresa y contener la firma de su representante legal.  Una vez entregado, es importante conservar el número de radicado que EPM expide de manera física, pues constituye para el suscriptor o usuario el soporte de haber acatado la norma en el plazo estipulado. Según el concepto 7207 de 2013 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la no entrega de la caracterización se considera un incumplimiento.

Vínculos de utilidad

• Consulta el listado de laboratorios acreditados por el IDEAM aquí

• Consulta los contenidos que debe incluir el informe aquí